Saltar la navegación

B. Mensajes audio emitidos por el ordenador

Este apartado recoge cuestiones relacionadas con la capacidad auditiva del usuario frente a los mensajes que emite el ordenador. Por una parte están los avisos de error o advertencia que emiten el sistema operativo y las aplicaciones; normalmente son sonidos de corta duración y alta frecuencia. Por otra parte están los mensajes orales emitidos por aplicaciones multimedia; pueden ser mensajes grabados (voz digitalizada) o mensajes generados por una síntesis de voz. Además, está el sonido ambiental utilizado por las aplicaciones multimedia, es decir, la música de fondo, pero este sonido no aporta información, por lo que no representa una barrera de acceso para la persona con limitación auditiva.

Cuándo debe valorarse

La valoración de los mensajes audio emitidos por el ordenador debe realizarse siempre que se haya estimado una limitación auditiva.

Qué se valora

En este apartado se valoran cuestiones relacionadas con:

  1. Percepción de avisos audio.
  2. Comprensión de mensajes orales.

En primer lugar se debe determinar si el usuario puede captar los avisos de error que emite, por ejemplo, un procesador de textos al mover el cursor hacia abajo desde la última posición de un documento. Se puede variar el volumen del altavoz y emplear auriculares (cuando el usuario no lleve audífono) para mejorar la recepción del sonido.

Es importante valorar si se perciben dichos avisos sin que le produzcan molestia al usuario, porque un nivel de volumen elevado puede dañar el oído.

En segundo lugar se valorará la comprensión de los mensajes orales. Obsérvese que no es sólo una valoración de la capacidad para percibir sonido sino para comprender el contenido del mensaje, es decir, el usuario debe tener la suficiente capacidad auditiva en la discriminación de frecuencias para que pueda reconocer las palabras del mensaje.